Guía del paciente

Centro Médico Semecor

En Centro Médico Semecor trabajamos para garantizar que su estancia en el centro sea lo más agradable posible, por ello, en esta sección le presentamos la información de utilidad para usted y su familia. No obstante le animamos a que nos formule cualquier duda de forma personalizada

Mascarilla

El uso de mascarillas ya no es obligatorio en el Centro Médico Semecor, a menos que presente síntomas compatibles con COVID-19 u otra enfermedad infecciosa transmitida por vía aérea.

Fumar

Se prohíbe terminantemente fumar en todas las áreas del Centro Médico Semecor, en conformidad con lo establecido en el Decreto 75/2001 del 22 de marzo.

¿ Cuales son mis derechos ?
  1. Toda persona que busque atención médica en un centro hospitalario tiene el derecho y la responsabilidad de conocer sus derechos y deberes al momento de solicitar dicha atención.
  2. Derecho al respeto de su personalidad, dignidad humana e intimidad, sin que se le pueda discriminar por motivos de raza, posición social, género, moral, economía, ideología, política o sindicato.
  3. Derecho a recibir información sobre los servicios de atención médica disponibles y los requisitos necesarios para acceder a ellos.
  4. Derecho a la confidencialidad de toda la información relacionada con su tratamiento y estancia en instituciones de salud, ya sean públicas o privadas que colaboren con el sistema público.
  5. Derecho a ser informado si los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y tratamiento pueden ser utilizados con fines docentes o de investigación, siempre con el consentimiento previo y por escrito del paciente, y la aceptación del médico y la dirección del centro sanitario.
  6. Derecho a recibir información completa y continua, tanto verbal como escrita, sobre su proceso médico, incluyendo diagnóstico, pronóstico y opciones de tratamiento, tanto para el paciente como para sus familiares o allegados.
  7. Derecho a la libre elección entre las opciones de tratamiento presentadas por el médico responsable, previa obtención del consentimiento por escrito, excepto en casos de urgencia, riesgo para la salud pública o incapacidad para tomar decisiones, en cuyo caso los familiares o allegados asumirán el derecho.
  8. Derecho a tener asignado un médico principal, cuyo nombre se le dará a conocer, y en caso de ausencia, otro facultativo del equipo asumirá la responsabilidad.
  9. Derecho a que quede constancia por escrito de todo su proceso médico, lo que constituye la historia clínica. Al finalizar su estancia en una institución hospitalaria, el paciente, familiar o persona allegada, recibirá un informe de alta.
  10. Derecho a negarse al tratamiento, excepto en casos específicos, debiendo solicitar el alta voluntaria de acuerdo con el artículo correspondiente.
  11. Derecho a participar en actividades sanitarias a través de las instituciones sanitarias comunitarias, según lo establecido en la ley y sus regulaciones.
  12. Derecho a utilizar los canales de reclamación y presentación de sugerencias, con la garantía de recibir una respuesta por escrito en los plazos establecidos.
  13. Derecho a elegir a su médico y otros profesionales de la salud de acuerdo con las condiciones estipuladas por la ley.
  14. Derecho a obtener los medicamentos y productos sanitarios necesarios para promover, conservar o restablecer su salud, según las regulaciones establecidas por la Administración del Estado.
  15. En cuanto al régimen económico específico de cada servicio sanitario, los derechos complementarios contemplados en los apartados 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9 y 11 de este artículo también serán aplicables a los servicios privados.
¿ Cuales son mis deberes ?

Los ciudadanos tienen ciertas responsabilidades con respecto a las instituciones y organismos del sistema sanitario, que incluyen:

  1. Cumplir con las prescripciones generales de naturaleza sanitaria que son aplicables a toda la población, así como aquellas específicas determinadas por los servicios sanitarios.
  2. Contribuir al cuidado de las instalaciones y colaborar en el mantenimiento de su adecuada habitabilidad.
  3. Asumir la responsabilidad del uso apropiado de las prestaciones ofrecidas por el sistema sanitario, especialmente en lo que respecta a la utilización de servicios, procedimientos de baja laboral o incapacidad permanente, así como prestaciones terapéuticas y sociales.
  4. En los casos en que se nieguen al tratamiento o no acepten el mismo, firmar un documento de alta voluntaria. Si esto no ocurre, la dirección del centro sanitario correspondiente, a propuesta del facultativo a cargo, podrá dar de alta al paciente.
  5. Utilizar las vías de reclamación y presentación de sugerencias cuando sea necesario, para garantizar la mejora continua de los servicios de salud.
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